Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A12-0204

 

Piedras Negras, Coahuila, 06 de febrero de 2004.

 

ASUNTO:

Fé de erratas a la Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de poliestireno cristal, mercancía actualmente clasificada en las fracciones arancelarias 3903.19.02 y 3903.19.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, publicada el 13 de enero de 2004.


A TODOS LOS USUARIOS:

El día de hoy la Secretaría de Economía dio a conocer mediente el Diario Oficial de la Federación, la Fé de Erratas a la Resolución mencionada al rubro, la cual establece lo siguiente:

Respecto a la Primera Sección, página 30, renglón 34, dice:

" responder la prevención formulada por la Secretaría y que se especifica en el punto 0 de esta Resolución,"

Lo anterior debe decir:

" responder la prevención formulada por la Secretaría y que se especifica en el punto 3 de esta Resolución, "

Ahora bien, en la Primera Sección, página 31, renglón 8, dice:

" especifican en el punto 0 inciso B de esta Resolución. "

Lo anterior debe decir:

" especifican en el punto 20 inciso B de esta Resolución. "

En la Primera Sección, página 31, renglón 37 dice:

" información estadística descrita en el punto de esta Resolución. "

Lo anterior debe decir:

" información estadística descrita en el punto 27 de esta Resolución. "

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

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