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Circular No. A06-0204

 

Piedras Negras, Coahuila, 04 de febrero de 2004.

 

ASUNTO:

NORMA Oficial Mexicana NOM-013-CNA-2000, Redes de distribución de agua potable-Especificaciones de hermeticidad y métodos de prueba.


A TODOS LOS USUARIOS:

El día de hoy la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó en el Diario Oficial de la Federación la norma citada al rubro.

El objetivo de esta norma es establecer las especificaciones y métodos de prueba, que debe cumplir la red de distribución de agua potable para garantizar su hermeticidad y estanquidad, con el fin de preservar el recurso hidráulico y evitar su contaminación.

Esta norma es de observancia obligatoria para los concesionarios y asignatarios de aguas nacionales, así como para el organismo responsable de la prestación del servicio y/o dependencia local responsable de la ejecución del proyecto, de la instalación de redes de distribución de agua potable ya sean nuevas ampliaciones y/o rehabilitaciones y para los fabricantes de los elementos que la integran, de fabricación nacional y/o extranjera que se comercialicen dentro del territorio nacional.

Será la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales quien a través de la Comisión Nacional del Agua, se encargará de vigilar el cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana, quien promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, sin afectar sus facultades que en la materia y en el ámbito de sus correspondientes atribuciones. Así mismo hacen de su conocimiento que el   incumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana será sancionado conforme a lo dispuesto por la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Así mismo la secretaría recomienda emplear  para el proyecto de las redes de distribución de agua potable, lo siguiente:

  • El “Libro II, 1a. Sección, Tema 4 Redes de Distribución”, del Manual de Diseño de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, editado por la Comisión Nacional del Agua, y

  • Las "Especificaciones generales para la construcción de sistemas de agua potable y alcantarillado", Comisión Nacional del Agua (CNA), México, D.F., 1993.

  • Para la instalación de los elementos, consultar y aplicar los procedimientos recomendados en los manuales de instalación de los fabricantes.

En cuanto al grado de concordancia con otras normas internacionales, esta no concuerda con ninguna , por no exisitir referencia alguna en el momento de su elaboración.

Esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 120 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un saludo.


    Atentamente

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