Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A95-1204

 

Piedras Negras, Coahuila, a 31 de diciembre de 2004.

 

ASUNTO:

Decreto por el que se adiciona una fracción III al Artículo 33 del Código Fiscal de la Federación en vigor.


A TODOS LOS USUARIOS:

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación de hoy 31 de diciembre de 2004, el "Decreto por el que se adiciona la fracción III al Artículo 33 del Código Fiscal de la Federación en vigor", mismo que entrará en vigor mañana 01 de enero de 2005.

La adición de la fracción III al Artículo 33 del Código Fiscal de la Federación es como sigue:

"III. Para los efectos de lo dispuesto en este artículo, la autoridad fiscal, en el ejercicio de sus facultades de asistencia al contribuyente, podrá realizar recorridos, invitaciones y censos para informar y asesorar a los contribuyentes acerca del exacto cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras y promover su incorporación voluntaria o actualización de sus datos en el registro federal de contribuyentes.

No se considera que las autoridades fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación, cuando derivado de lo señalado en el párrafo que antecede, soliciten a los particulares los datos, informes y documentos necesarios para corregir o actualizar el Registro Federal de Contribuyentes".

Sin otro asunto en particular por el momento, quedo de ustedes.

    Atentamente

    Soporte Legal - Apta

JLML.