Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A11-1204

 

Piedras Negras, Coahuila, a 03 de diciembre de 2004.

 

ASUNTO:

Recordatorio para la importación de "Atún".

Oficio No. 326-SAT-I-83687 de fecha 30 de noviembre de 2004.


A TODOS LOS USUARIOS:

Tomando en consideración lo seńalado en la Circular A52-0704 de fecha 20 de julio de 2004, en la que les informamos sobre la publicación del "Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (atunes)", al respecto les comentamos lo siguiente:

Con el Oficio No. 326-SAT-I-83687 de fecha 30 de noviembre de 2004, la Administración de Regulación del Despacho Aduanero de la AGA, recuerda que de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio del Decreto en comento, a partir del 1o. de diciembre de 2004, el arancel ad-valorem aplicable a la importación de las fracciones arancelarias contenidas en el Artículo Primero del multicitado Decreto, será de 20%.

Por lo que les sugerimos tomar en cuenta la disposición en comento, en este tipo de operaciones de Comercio Exterior.

Sin otro asunto en particular por el momento, quedo de Ustedes.

    Atentamente

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JLML.