Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A60-0804

 

Piedras Negras, Coahuila, a 23 de agosto de 2004.

 

ASUNTO:

Extracto de la autorización para aplicar el bromuro de metilo como medida fitosanitaria (tratamiento) alterna para los embalajes de madera utilizados en el comercio internacional, expedida en favor de Masepo Fumigadora Fitozoosanitaria de México, S.A. de C.V.


A TODOS LOS USUARIOS:

Les comento que este día 23 de agosto de 2004, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el Extracto de la autorización para aplicar el bromuro de metilo como medida fitosanitaria (tratamiento) alterna para los embalajes de madera utilizados en el comercio internacional, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.1.5 de la NOM-EM-144-SEMARNAT, que establece las especificaciones técnicas de la medida fitosanitaria (tratamiento) y el uso de la marca que acredita la aplicación de la misma para el embalaje de madera que se utiliza en el comercio internacional, expedida en favor de Masepo Fumigadora Fitozoosanitaria de México, S.A. de C.V., el 24 de junio de 2004, al tenor de las siguientes condiciones:

IV. A) Para la aplicación de medidas fitosanitarias (tratamiento) de los embalajes de madera con bromuro de metilo, se deberá de utilizar el siguiente equipo e instalaciones:

a) Dosificador volumétrico para cilindros de bromuro de metilo.

b) Aplicador para latas de bromuro de metilo con válvula de paso.

c) Evaporador a base de gas LPG, para bromuro de metilo, con capacidad mínima de 6,000 KCAL/H (23,600 BTUH).

d) Mangueras de polietileno de 6.35 mm de diámetro para introducción de bromuro de metilo.

e) Cintas adhesivas de 0.10 m de ancho para sellado.

f) Cinta de medir de 30.0 m de largo.

g) Bodega para almacenamiento de bromuro de metilo, cubierta y de preferencia enrejada, con plena ventilación, ajustándose a las normas que establezcan las dependencias competentes en salud pública y medio ambiente. Contar con señalamientos que indiquen peligro y que el acceso a las bodegas es sólo para personas debidamente entrenadas para su manejo; extinguidores apropiados y botiquín de primeros auxilios; ubicar letreros que indiquen con claridad los números telefónicos donde se pueda conseguir ayuda de emergencia e identificación del material y equipo en las bodegas.

h) Mascarillas de protección, de cara completa, con filtro contra vapores orgánicos.

i) Detector de haluros a base de propano o de sensor electrónico.

j) Ropa protectora para cada operario y anteojos industriales.

k) Señalización de peligro. Acordonar el área de aplicación con la siguiente leyenda: "Peligro. Area Restringida. Aplicación de bromuro de metilo altamente tóxico."

l) Unidad de Conductividad Térmica (C/T).

m) Bomba auxiliar para mangueras de muestreo largas.

n) Filtros para el bióxido de carbono.

o) Bomba de muestreo y tubos colorimétricos (Drager, Kitagawa, Gastec).

p) Aparato para introducir nitrógeno en los tanques de bromuro de metilo.

q) Ductos para la extracción del gas.

r) Cable eléctrico de uso industrial. Tres extensiones.

s) Ventiladores (para circulación, extracción e introducción).

t) Mangueras o tubos de muestreo del gas para la Unidad de C/T.

u) Almohadillas de arena o de agua.

v) Respiradores autocontenidos o de mangueras.

w) Las cámaras de fumigación para tratamientos fitosanitarios, deberán tener un recubrimiento interior de cemento liso y pintura de aceite, o bien, estar construidas de acero u otro material que asegure hermeticidad y con capacidad según el volumen por tratar en cada punto de inspección.

x) Dispositivos para toma de muestras de la atmósfera interior y con un termómetro e higrómetro con carátula al exterior.

y) Si se ofrece el servicio de fumigación al vacío, se debe contar con equipo de extracción de aire con una capacidad de 650 mm de vacío.

Primero. Se autoriza a Masepo Fumigadora Fitozoosanitaria de México, S.A. de C.V. para usar la medida fitosanitaria (tratamiento) alterna no establecida o reconocida en la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-144-SEMARNAT, que establece las especificaciones técnicas de la medida fitosanitaria (tratamiento) y el uso de la marca que acredita la aplicación de la misma, para el embalaje de madera que se utiliza en el comercio internacional, consistente en la aplicación de bromuro de metilo para el tratamiento de embalajes de madera, conforme a las especificaciones técnicas establecidas en el considerando IV de esta resolución.

Sin otro asunto en particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

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